Por Fiorella Lotti
Con la sanción de esta ley, surge por primera vez en Argentina una normativa nacional cuyo objeto es la Educación Ambiental. Una política pública de largo plazo para afrontar la emergencia ambiental.
El pasado 3 de junio se promulgó la Ley 27.621 de Implementación de la Educación Ambiental Integral. El presidente Alberto Fernández afirmó que la problemática asociada al cuidado medioambiental no “es una demanda del futuro”, sino “un problema del presente”, marcando la necesidad urgente de ofrecer soluciones. Y estimó que la nueva norma propone un “cambio de paradigma para entender el desarrollo de otro modo”.
La ley tiene el objetivo de establecer el derecho a la educación ambiental integral como una política pública nacional en consonancia con leyes vinculadas al ambiente y la educación. De algún modo, llama a poner en práctica lo establecido en tres normativas preexistentes: la Constitución Nacional, la Ley de Educación Nacional y la Ley General del Ambiente, que contemplan a la educación ambiental como un proceso fundamental para el ejercicio pleno de la ciudadanía. La Ley General del Ambiente, en particular, la define en su artículo 8 como uno de los instrumentos de la política y la gestión ambiental en Argentina.
El proyecto de ley fue diseñado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MAyDS) y el Ministerio de Educación (ME), junto con el consenso de las provincias a través del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), con el objetivo de promover la educación ambiental e incorporar los nuevos paradigmas de la sostenibilidad a los ámbitos de la educación formal y no formal.
¿Qué es la educación ambiental?
La educación ambiental es un campo de intervención político pedagógica que impulsa procesos educativos integrales con contenidos específicos y transversales, orientados a la construcción de una racionalidad ambiental. En ese marco, distintos conocimientos, saberes, valores y prácticas ambientales confluyen y aportan a la formación ciudadana y al ejercicio del derecho a un ambiente sano, digno y diverso.
Se trata de un proceso que defiende la sustentabilidad como proyecto social, el desarrollo con justicia social, la distribución de la riqueza, la preservación de la naturaleza, la igualdad de género, la protección de la salud, la democracia participativa y el respeto por la diversidad cultural.
La educación ambiental es transversal a la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible y sus 17 ODS propuestos por las Naciones Unidas. Específicamente, el ODS número 4 -“Educación de Calidad”- establece en su meta 4.7 que los países deben “asegurar que todos los alumnos adquieran los conocimientos técnicos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible”. Cabe mencionar que desde el sector privado, a través de sus distintas cámaras y asociaciones, no hubo participación ni en el proyecto de Ley como así tampoco en los contenidos pedagógicos que se sumarán a la currícula escolar a partir de octubre.
En el artículo 92 de la Ley de Educación Nacional ya mencionada se establecen aquellos contenidos curriculares que deben ser comunes a las escuelas de todas las jurisdicciones. La nueva ley incorpora un inciso con nuevos contenidos basados en “la toma de conciencia de la importancia del ambiente, la biodiversidad y los recursos naturales, su respeto, conservación, preservación y prevención de los daños”.
¿Cómo se implementará la ley?
Entre sus líneas de acción, la ley dispone la elaboración y el desarrollo de una Estrategia Nacional de Educación Ambiental Integral (ENEAI) y estrategias jurisdiccionales como instrumentos de planificación y de aplicación para que alcance a todos los ámbitos de la educación y a todas las edades, grupos y sectores sociales. También una estrategia dirigida a las universidades, tanto públicas como privadas, para que puedan incorporar la dimensión ambiental en todos los ámbitos.
A partir de esta normativa, se busca establecer a la educación ambiental fundamentada en: el abordaje interpretativo y holístico del ambiente, el respeto y valor de la biodiversidad, la equidad, la igualdad de género, la diversidad cultural en la comprensión del mundo, la participación y formación ciudadana que orienten a la construcción de una perspectiva ambiental, el cuidado del patrimonio natural y cultural. La problemática ambiental y los procesos sociohistóricos, la educación en valores de cuidado y justicia; la promoción de un pensamiento crítico e innovador y el ejercicio ciudadano del derecho a un ambiente sano.
Entre las acciones a desarrollar, la ley propone la profesionalización de los recursos humanos, la elaboración de materiales, la inclusión en la currícula de contenidos, la creación de un repositorio de experiencias, la realización de encuestas de percepción ambiental y la generación de consensos sociales básicos para establecer acuerdos temáticos y prioridades estratégicas.
También buscará impulsar programas de Educación Ambiental Integral en la capacitación de los agentes de la administración pública, algo que ya debería suceder a partir de la Ley 27.592 Yolanda.
¿Quiénes son los encargados de ponerla en práctica?
La Estrategia Nacional de Educación Ambiental Integral (ENEAI) es una responsabilidad compartida, con competencias y facultades diferenciadas, entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Educación, en articulación con el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) y el Consejo Federal de Educación (CFE).
El Ministerio de Ambiente y el COFEMA tendrán la facultad de implementar la Estrategia en el ámbito de la educación no formal, Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) y medios de comunicación; mientras que el Ministerio de Educación y el CFE, tendrán la facultad para implementarla además en los ámbitos de la educación formal.
Además, se creará la Coordinación Ejecutiva de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental Integral, que tendrá la responsabilidad de llevar adelante la concertación de directrices, temáticas, prioridades y recursos que, según lo prescrito en esta ley, sirvan al cumplimiento de la Estrategia. Dicha Coordinación estará integrada por representantes de los estamentos mencionados, su conformación deberá atender a la paridad de género, y su presidencia será rotativa por representantes de ambos ministerios.
Así mismo, se creará el Consejo Consultivo de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental Integral, cuya función será la de asistir y asesorar a las autoridades de aplicación en la implementación de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental Integral, y estará compuesto por representantes de diferentes organizaciones y sectores sociales.
Compromiso ambiental
Una acción puntual que propone la ley en su artículo 6º es que el Día Mundial del Ambiente cada jurisdicción deberá promover una acción comunitaria en la que se fomente el “Compromiso Ambiental Intergeneracional” en el cual tengan la oportunidad de establecer un pacto de responsabilidad con el ambiente y las generaciones sucesivas. “Cada jurisdicción dispondrá la modalidad de implementación en la agenda educativa de al menos una jornada o espacio de mejora institucional dedicada a la educación ambiental y dará debida difusión sobre la actividad, sus participantes, así como la entrega de las correspondientes menciones por la participación”, precisa.
El proyecto de Ley de Educación Ambiental fue tratado en la Cámara de Diputados en una sesión especial el 28 de marzo y el Senado la convirtió en ley el 14 de mayo de este año. Pero el camino recorrido fue largo, y se podría decir que es el producto de un proceso colectivo, ya que integra en su interior definiciones, principios, artículos y consideraciones de más de 22 proyectos que fueron presentados desde 1994.
En enero de este año, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) publicó junto a la Universidad de Oxford la encuesta global “People’s Climate Voice” que reveló que la educación marca la diferencia en las percepciones sobre la actual crisis climática y ecológica. “Nuestros datos mostraron que el impulsor sociodemográfico más profundo en la creencia en la emergencia climática y la acción climática es la educación de una persona”, dice el estudio.
El cambio climático, la desertificación, la deforestación, los incendios forestales, la pesca ilegal, la contaminación de ríos y mares, la pérdida de biodiversidad, y la producción desmedida de residuos, entre otras son problemáticas que persisten y se profundizan. Para responder a estos desafíos y promover la construcción de sociedades más justas, equitativas y sustentables es necesario un cambio cultural, y la Educación Ambiental parece ser el motor que impulse esa transformación.
Entre los movimientos ambientales se presentan diferentes posiciones. Por un lado, Greenpeace ve la ley como el saldo de una deuda pendiente. “La Ley de Educación Ambiental es una buena noticia, porque no sólo incorpora la protección de la naturaleza a los contenidos de la enseñanza en todos los niveles, sino que lo hace desde una perspectiva integral y transversal a todas las áreas. Esperamos que su aplicación pueda fortalecer la participación ciudadana y la mirada crítica. Creemos que este esfuerzo que han liderado los jóvenes, era una deuda pendiente de Argentina con su currícula y la formación de sus habitantes”, indicó Laura Colombo.
Sin embargo, otros critican el planteo de una política a largo plazo en un contexto de emergencia ambiental. “Observando el marco jurídico en materia ambiental, en un contexto donde el tiempo para generar cambios es muy corto, tenemos 7 años para transformar una matriz productiva que se basa en la combustión de fósiles y somos uno de los países con la tasa de deforestación más alta del mundo; lejos de las prioridades está una Ley de Educación Ambiental en términos de la emergencia actual. Estos instrumentos desvían el tiempo y los recursos en atender algo urgente que no puede esperar a que las futuras generaciones se hagan cargo. Además de que no tiene impacto en indicadores geofísicos sobre la realidad ambiental del país”, precisó Flavia Broffoni, presidenta de XR.
Por lo pronto, antes del 3 de octubre debería empezar a implementarse. Así mismo, el Presupuesto general deberá destinar una partida específica para poder llevar adelante la implementación de esta Ley.